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Derechos Generales de los Pacientes

  1. Recibir atención médica: El paciente tiene derecho a que la atención médica se le otorgue por personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la atención; así como a ser informado cuando requiera referencia a otro médico.
  2. Recibir trato digno y respetuoso: El paciente tiene derecho a que el médico y el personal que le brinden atención médica se identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su intimidad, cualquiera que sea el padecimiento que presente.
  3. Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz: Tienes derecho a ser informado de manera comprensible sobre tu estado de salud, diagnósticos y tratamientos.
  4. Decidir libremente sobre su atención: El paciente, o en su caso el responsable, tiene derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o rechazar cada procedimiento diagnóstico o de tratamiento ofrecido, así como el uso de medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales.
  5. Otorgar o no su consentimiento válidamente informado: El paciente, o en su caso el responsable, tiene derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte someterse con fines de diagnóstico o de tratamiento, a procedimientos que impliquen un riesgo. Deberá ser informado en forma amplia y completa en qué consisten, de los beneficios que se esperan, así como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a consecuencia del acto médico. Esto incluye las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios de investigación o en el caso de donación de órganos.
  6. Ser tratado con confidencialidad: El paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su médico se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con la autorización expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley.
  7. Contar con facilidades para obtener una segunda opinión: El paciente tiene derecho a recibir por escrito la información necesaria para obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionados con su estado de salud.
  8. Recibir atención médica en caso de urgencia: Cuando está en peligro la vida, un órgano o una función, el paciente tiene derecho a recibir atención de urgencia por un médico, en cualquier establecimiento de salud, sea público o privado, con el propósito de estabilizar sus condiciones.
  9. Contar con un expediente clínico: El paciente tiene derecho a un expediente clínico con información veraz, clara, precisa, legible y completa, y a obtener por escrito un resumen clínico de acuerdo al fin requerido.
  10. Ser atendido cuando se inconforme con la atención médica recibida: El paciente tiene derecho a expresar su inconformidad y ser atendido si no está satisfecho con la atención médica recibida.

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